El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha obligado un centro educativo público de Barcelona a impartir al menos una asignatura en castellano, aparte de la de lengua castellana, sin establecer porcentajes. Esta es la primera sentencia del TSJC que ordena ampliar las clases en castellano después de la entrada en vigor del decreto ley 6/2022 y la ley 8/2022, aprobadas por el Govern para superar la sentencia del TSJC que ordenaba el 25% de castellano en todos los centros del país.
La sentencia reconoce el derecho de una alumna de un centro educativo público de Barcelona a recibir de manera efectiva en castellano, mientras esté escolarizada en el sistema educativo catalán, además de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de esta lengua, "una o varias materias o asignaturas adicionales que, por su importancia en el conjunto del currículum y su categoría lectiva, puedan ser consideradas como principales".
La presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña, Ana Losada, ha remarcado en una rueda de prensa celebrada en la sede de la entidad que esta sentencia ya no aplica porcentajes y que ahora el criterio del TSJC es el de "un mínimo de asignaturas principales en castellano en la programación del centro para asegurar el derecho constitucional del alumno a ser escolarizado en este idioma".
El vocal asesor de la entidad, José Domingo, ha señalado por su parte que la sentencia "acaba con la trama orquestada por el Govern y otros grupos parlamentarios para suprimir el derecho a la escolarización en castellano en el sistema educativo catalán a través de una nueva normativa fraudulenta y claramente inconstitucional".