El Tribunal Supremo ha rechazado aplicar medidas cautelarísimas para dejar sin efectos el recurso que, el pasado viernes, aprobó el Consejo de Ministros contra el 9-N y que el Tribunal Constitucional admitió a trámite el martes. La Generalitat alegaba que vulnera derechos fundamentales.
Los magistrados avisan que hay una "causa de inadmisibilidad" porque no son ellos los que debe pronunciarse sobre el fondo de esta cuestión. Recuerdan que el acuerdo del gobierno español no es susceptible de recurso contencioso, ni ordinario ni especial, ya que no forma parte de los que la ley somete a control de los tribunales.
La impugnación corresponde sólo al TC: sus resoluciones, recuerda el Supremo, no pueden ser enjuiciadas por ningún otro órgano jurisdiccional del Estado.
El pasado viernes el Gobierno español acordó impugnar ante el Tribunal Constitucional la convocatoria alternativa de la consulta para el 9 de noviembre realizada por la Generalitat, así como sus actos preparatorios.
La Generalitat sustentaba su solicitud en el hecho de que el gobierno español vulnera derechos y libertades de los catalanes, entre ellos el derecho a la libertad de expresión, el derecho de participación ya la propia ideología.