La sala contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Ministerio de Educación y ha establecido un mínimo del 25% de la enseñanza en castellano en Cataluña, remarcando que el uso actual es "residual".
La sala declara la obligación de la Generalitat de adoptar las medidas necesarias para garantizar que todos los alumnos reciban de manera "efectiva e inmediata" la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determine, "que no podrán ser inferiores al 25% en un caso y el otro".
El tribunal remarca que además de la asignatura de castellano, hay que hacer en este idioma otra materia no lingüística de carácter troncal. El Ministerio, a través de la Abogacía del Estado, había presentado un recurso contra varias resoluciones del Departamento de Educación en materia de uso de las lenguas vehiculares en la enseñanza.
El tribunal concluye que de la documentación aportada y de la prueba practicada "se desprende que, en conjunto, el uso vehicular de la lengua castellana en el sistema de enseñanza de Cataluña es residual, o al menos así es en una parte significativa de centros y grupos docentes". Esto supone, continúa, una "infracción del marco jurídico vigente".