El Parlamento aprobó el pasado 24 de abril, en plena pandemia del coronavirus con más de 11.000 víctimas, los Presupuestos de 2020 gracias al acuerdo que el Govern alcanzó con los Comunes. Las cuentas de 2020 salieron adelante junto con la ley de acompañamiento, que establece cambios en el impuesto sobre sucesiones y otras cinco figuras tributarias.
El impuesto de sucesiones reintroduce el impuesto de sucesiones para hijos que ahora tenían una bonificación del 99%. A medida que la herencia crece, la bonificación se va reduciendo de manera progresiva, hasta quedar eliminada a partir de los 3 millones de euros.
En el año 2014 ya se produjo una primera modificación del impuesto sobre sucesiones en Cataluña, y los hijos pasaron de tener una bonificación del 99%, por el solo hecho de ser hijos, a una bonificación variable que oscilaba entre el 99% y el 20%.
Con las nuevas cuentas, esta bonificación ha pasado a ser del 60% en el mejor de los casos e inexistente en el peor. Esto significa que los tipos marginales máximos para hijos pueden llegar al 32% o hasta el 38,4% en función del patrimonio que tenga el descendiente.
Además, si antes de esta reciente reforma, los porcentajes de bonificación como hijos que hemos comentado, en caso de aplicarse la reducción del 95% para participaciones en empresa familiar, se reducían al 50%, ahora, con la nueva legislación, pasarán a ser del 0% en cualquier tramo.
Es decir, de acuerdo con la normativa vigente hasta ahora, si entre los bienes a heredar se encontraba una empresa familiar con derecho a reducción del 95%, los porcentajes de bonificación aplicables por ser hijos pasaban a ser del '49'5% al 10% para el conjunto de la herencia. Con la reforma aprobada, si entre los bienes a heredar hay una empresa familiar con derecho a reducción del 95%, no habrá ninguna bonificación para el conjunto de la herencia por ser hijos.