La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) ha inadmitido la querella presentada por Arriaga Asociados contra cinco magistrados de la Sección 15 de la Audiencia Provincial (AP) de Barcelona por presunta prevaricación por no cumplir con una orden europea que establece que el índice hipotecario IRPH debe ser sometido a un análisis por parte de los jueces para comprobar que el cliente ha sido informado debidamente.
El TSJC la ha rechazado "por no ser los hechos a que la misma se refiere constitutivos de ningún delito" y ha impuesto multa de 3.000 euros al bufete de abogados porque concluye que su actuación "ha conculcado las reglas de la buena fe procesal incurriendo en un manifiesto abuso de derecho".
Arriaga Asociados presentó la querella contra la Sección 15 de la Sección 15 de la Audiencia Provincial (AP) de Barcelona por haber "infringido el artículo 4 bis.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial” cuando señala que los jueces y tribunales “aplicarán el Derecho de la Unión Europea de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.
El tribunal presidido Jesús M. Barrientos subraya que "la forma de actuar del bufete de abogados querellante constituye una instrumentalización intolerable del proceso penal en general y de la acción popular en particular que conculca las reglas de la buena fe procesal y degrada a la Administración de Justicia".
Finalmente, expone queArriaga Asociados lanzó "una infundada y frívola acusación por prevaricación contra los cinco integrantes de una Sección de la Audiencia Provincial de Barcelona con el propósito de prevenir el efecto que pudiera tener su sentencia en otros procesos similares pendientes o futuros, según se adivina por la tendenciosa difusión pública de su acción penal propiciada directamente por el bufete de abogados querellante".