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Sociedad · 27 de Mayo de 2021. 15:13h.

Ninguna condena por homicidio

Penas de entre 53 y 8 años de prisión por el atentado yihadista en las Ramblas

Ninguna condena por homicidio

La Audiencia Nacional ha impuesto 53 años y seis meses para Mohamed Houli y 46 años y 6 meses de prisión para Driss Oukabir para organización terrorista y fabricación de explosivos raíz atentados yihadistas del 17 de agosto de 2017 en la Rambla de Barcelona y en Cambrils. En cambio, la sala les absuelve de 14 delitos de homicidio por los que venían acusados por los familiares de las víctimas.

Para el tribunal, queda acreditada su participación en los hechos, aunque no estaban en ninguno de los lugares donde se cometieron los ataques. La sentencia concluye que los dos acusados conspiraron para cometer estragos y participaron en la fabricación de explosivos en el chalet de Alcanar, base de operaciones de la célula terrorista.

En cuanto al otro acusado, Said Ben Iazza, arrestado en Castellón, la sentencia considera probado que dejó su vehículo y documentación a la célula y lo condenan a 8 de prisión por colaboración con organización terrorista.

A pesar de que en Barcelona y Cambrils murieron, en total, 16 personas y otras 140 resultaron heridas, la Fiscalía consideró que ni Houli, ni Oukabir ni Iazza los autores materiales de los atentados, que fueron abatidos por los Mossos d'Esquadra.

El ministerio público discrepaba así con muchas de las acusaciones particulares y con las acusaciones populares -ejercida por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Asociación 11-M, que solicitan para Houla y Oukabir la pena de prisión permanente revisable. El tribunal ha acabado imponiendo penas más altas de las reclamadas por la Fiscalía, pero sin condenar por asesinato.

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1 Comentarios

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#2 Pep, Barcino, 27/05/2021 - 17:08

Recordemos que estas penas tan pequeñas son por la aplicación del Código Penal del PSOE de 1995, y mantenido por el PP. Con el CP anterior, el de 1973, esto no habría pasado.